La Corte Suprema de Justicia (CSJ) en pleno deberá conocer la solicitud de retiro de antejuicio a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Bonerge Mejía, denunciados por la Procuraduría General de la Nación (PGN)de emitir resoluciones violatorias a la Constitución, abusar de autoridad, prevaricato y violación a la Constitución.
Evaristo Martínez asesor del área penal de PGN, se llegó a la conclusión de que los tres magistrados emitieron resoluciones en contra de los intereses de la nación, entre estas las favorables a la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).
Esta es su explicación de la denuncia
Velar por los intereses y defensa de los derechos del Estado de Guatemala, por lo tanto se hizo un análisis de la resolución de la Corte de Constitucionalidad, y logramos determinar que se presume que CC está dictando sentencias en donde hay arbitrariedad e ilegalidad. Se logra entender que dichas resoluciones riñen con la Constitución y el ordenamiento jurídico de Guatemala.
Aunque en primera instancia es la Corte Suprema de Justicia quien debe determinar si procede o no la denuncia, los abogados van en avanzada:
(…) y hace ver estos aspectos, principalmente para que sean conocidos por el Congreso de la República y ellos califiquen este derecho de antejuicio y resuelvan lo que sea procedente.
En la solicitud de antejuicio, la PGN reitera el discurso oficial contra CICIG: que ha perdido objetividad en el planteamiento de sus casos. Además, subrayan que es al Presidente Jimmy Morales a quien corresponde dirigir la política exterior y las relaciones internacionales.
Algunas de las resoluciones que motivaron la denuncias a los togados son: el amparo que impidió la expulsión de Iván Velásquez del país en 2017, cuando fue declarado por el mandatario persona non grata.
Y fallos a favor de la permanencia en el país de los embajadores de Suecia, Anders Kompass y de Venezuela, Elena Salcedo. Además, la resolución que aclara que Velásquez puede ingresar a Guatemala.
Germán Alvarado, jefe de abogacía penal del PGN, dijo:
“Son resoluciones en contra del Estado de Guatemala, en muchas resoluciones de amparo que favorecen a la Comisión Internacional. Y el artículo 298 del Código Procesal Penal establece la obligación de denunciar cuando se tiene conocimiento de un hecho, en este caso en defensa de los intereses del país y en defensa de la propia Constitución”.
Otro de los reclamos de la PGN es que la CC no cumple con los plazos y procedimientos establecidos en ley para el trámite de estos recursos.