El desánimo ciudadano por proceso electoral en marcha es evidente. Por lo menos así lo demuestran con sus palabras tres ciudadanos entrevistados al azar.
Jorge Hernández, Químico Biólogo:
“Es desmotivante, yo posiblemente no iré a votar porque no hay personas aptas para ocupar estos cargos tan importantes en el país”.
Luis Asturias, docente universitario:
“Mal con los candidatos, todos tienen el mismo cimiento, ¡no hay prospectos!
Katerin Hernández, una joven que votará por primera vez:
“Ya no se sabe quiénes realmente quieren motivar el país y quiénes no, entonces prefiero no dar mi voto sin van a hacer las cosas mal”.
Las expresiones de los posibles votantes abren la posibilidad a tres opciones:
- Absentismo
- Voto en blanco y,
- Voto nulo.
Este último contemplado en la ley electoral y de partidos políticos para el presente proceso electoral. Una herramienta que surgió en 2015 como consecuencia del rechazo ciudadano a la corrupción manifestado en la plazas.
El voto nulo, es una importante opción latente que podría tomar fuerza por el descontento social a los listados de candidatos que no contienen propuestas nuevas o son meros clanes familiares y de compadrazgo.
Leopoldo Guerra, Director del Registro de Ciudadano de Tribunal Supremo Electoral percibe el descontento ciudadano con la política:
Me parece que hay mucha apatía en participar en las elecciones, por los problemas políticos que ha tenido el país desde e que han ocurrido desde 2015, en especial por parte de los jóvenes.
En junio de este año los guatemaltecos podrán participar para elegir cinco clases de cargos públicos:
- Presidente y Vicepresidente de la República
- Diputados al Congreso de la República por lista nacional
- Diputados al Congreso por Distrito Electoral
- Diputados al Parlamento Centroamericano y,
- Corporaciones Municipales.
El voto nulo es una herramienta que las reformas electorales de 2016 otorgan al ciudadano para anular una elección si no está de acuerdo con los candidatos. Según Guerra, el mecanismo aplica para las cinco elecciones:
De conformidad con la ley más de la mitad de los votos válidos los obtiene el voto nulo, obligadamente se declara nula la elección de la que se trate puede ser: municipal, departamental de diputados o presidencial.
Al no tener antecedentes de la aplicación de esta nueva regla, las autoridades creen que será complejo. ¿Cómo y cuándo se repetirían las votaciones? Lo explica el funcionario electoral:
- Si se produce el voto nulo mayoritario en alguna elección dice la ley que se puede repetir la elección dentro de la segunda elección presidencial y se convocaría para el 11 de agosto.
- En el caso de que voto nulo ganara en la elección presidencial se complica, porque la segunda elección no se haría el 11 de agosto. Se tendría que declarar nulidad, se convoca a un nuevo proceso de elección presidencial y se repetiría en uno de uno de los domingos del octubre.
- Los partidos políticos tendrían que realizar asambleas para postular nuevamente candidatos y posterior un periodo para inscribir candidatos. Y después de la repetición por nulidad habría una segunda vuelta que podría ser finales de noviembre o principios de diciembre.
¿Cuándo se considera nulo un voto?
Gloria López, directora electoral responde:
Especialmente cuando no se logra determinar la intensión del votante, por ejemplo:
- Que rayen la papeleta,
- Que la marca cubra varias casillas de organizaciones políticas
- Que escriban palabras ofensiva.
De acuerdo con el cronograma electoral la fecha de las elecciones está programada para el 16 de junio.