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La justicia definirá quién paga la cuenta médica del niño Niccolo Sandoval
Una familia, una aseguradora transnacional y un pequeño niño que en noviembre cumplió su primer un año de vida y padece de un tipo de hipertensión pulmonar. Su enfermedad es rara y afecta solo 1 mil 500 personas en el mundo. Aparte de la dificultad médica, su caso se ha convertido en un embrollo legal […]
Publicado el 05 Dic 2019

La justicia definirá quién paga la cuenta médica del niño Niccolo Sandoval

Una familia, una aseguradora transnacional y un pequeño niño que en noviembre cumplió su primer un año de vida y padece de un tipo de hipertensión pulmonar. Su enfermedad es rara y afecta solo 1 mil 500 personas en el mundo. Aparte de la dificultad médica, su caso se ha convertido en un embrollo legal ya llegó a las cortes del país para determinar si la compañía debe o no dar cobertura médica al pequeño que recientemente tuvo un trasplante de pulmón y aún permanece en un hospital de EE.UU.

Se trata de Niccolo Sandoval Schutt quien el 07 de agosto de este año fue ingresado a un hospital de Estados Unidos para tratamiento médico. En ese momento la familia de niño contaba con póliza anual vigente con una cobertura de US$3 millones.

Sin embargo, de acuerdo Adolph Schutt, mandatario judicial de su hermana, Carol Schutt , mamá del niño, la aseguradora al evaluar la condición médica de su sobrino decidió cancelar sin causa el contrato.

La póliza se suspendió el 12 de agosto cuando ya estaba ingresado en la unidad de cuidados intensivos del hospital en Houston y se canceló el contrato cuando se enteran de la enfermedad grave que padece, cuyos costos son altísimos y cuyo cuidado es de por vida.

La empresa en mención es BMI Seguros de Guatemala, la cual en un comunicado de prensa informó que la compañía decidió la terminación anticipada del contrato debido a que se omitió información en cuanto a que el pequeño “había sido hospitalizado antes de haber sido presentada la solicitud de la póliza”.

La inclusión del niño a la póliza de seguro se hizo efectiva el 15 de abril de 2019 y según la explicación de Schutt, fue unos meses antes que el menor ingresara a un hospital:

Es indignante que digan que nosotros omitimos información cuando el 18 de marzo de 2019 Niccolo ingresó al hospital por una diarrea y fiebre y en ese momento el hospital -El Pilar- directamente le envía a la aseguradora el informe médico completo: un documento de 37 páginas del cual hubo confirmación de recibido. Que hoy digan que se omitió información es indignante, además conocieron por segunda vez del caso cuando el 23 de mayo de este año a Niccolo lo diagnosticaron con esta enfermedad rara y, mediante el corredor autorizado por la aseguradora, se le hizo llegar todo el historial médico del niño desde que nació e ingresó por fiebre y diarrea.

ConCriterio solicitó una entrevista con la aseguradora, pero a través de su equipo de comunicación indicaron que, al convertirse en una causa judicial, no emitirán declaraciones más que un comunicado.

En el documento BMI señala que: La madre del menor solicitó la cobertura de su hijo el 27 de marzo de 2019, después de su hospitalización y la aseguradora le otorgó la póliza sobre la información que había recibido, posteriormente la compañía recibió datos de una hospitalización previa.

BMI justifica la cancelación de la cobertura en el artículo 908 del Código de Comercio que dice:

“La omisión de hechos importantes para la apreciación del riesgo o que puedan influir en la celebración del contrato, faculta a cualquier aseguradora a dar por terminado el contrato sin necesidad de declaración judicial previa…”

Tras la terminación del contrato, los familiares de pequeño accionaron en los juzgados de Guatemala, de manera provisional el juzgado séptimo otorgó amparo para la protección de niño y el 27 de noviembre el juzgado quinto, constituido en tribunal de amparo, otorgó amparo definitivo.

El pasado viernes la aseguradora accionó ante la Corte de Constitucionalidad para solicitar la nulidad de esa sentencia.

Fernando Trabanino defensor del consumidor de la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos dijo:

 “En este caso tiene que hacerse valer el interés superior del niño, el derecho a la vida y a la salud y son derechos que establecen los derechos del consumidor”

La última instancia es la CC que tendrá que resolver este embrollo jurídico

Henry Bin

Periodista

Sobre Henry Bin

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